JUSTICIA

La Corte le mete presi贸n a Insfr谩n y cuestiona los centros de aislamiento

La Corte Suprema de Justicia y la C谩mara Federal de Resistencia fallaron contra los centros de aislamiento y las medidas que implement贸 el gobernador de Formosa.

La Corte Suprema de Justicia le orden贸 al gobernador de Formosa, Gildo Insfr谩n, que permita el ingreso de una mujer sin la obligaci贸n de tener que cumplir con el aislamiento en lugares dispuestos por la provincia, con el fin de poder visitar a su madre, que se encuentra en grave estado de salud.Adem谩s, en otro fallo, la C谩mara Federal de Resistencia le orden贸 al gobernador que en cinco d铆as adapte el protocolo de egresos e ingresos a la ciudad de Clorinda, "cumpliendo est谩ndares constitucionales y convencionales".La resoluci贸n del m谩ximo tribunal se dio en el marco de una cautelar presentada por Romina Ibarrola, quien vive en La Plata y viene reclamando ingresar a la localidad de Clorinda sin tener que cumplir el aislamiento obligatorio en los centros dispuestos por Insfr谩n para tal fin.La Corte Suprema le orden贸 al gobernador que habilite el ingreso de la mujer y que en caso de obligarla a realizar aislamiento, que lo pueda hacer en el domicilio de un familiar que ella estime y no necesariamente en esos centros.La mujer hab铆a presentado la medida por considerar desproporcionadas las restricciones impuestas por el gobernador en la provincia, adem谩s de violatorias de los derechos humanos.Ibarrolla se quej贸 por la medida alternativa ofrecida por el gobierno provincial, que era poder cumplir con el aislamiento en un hotel bajo su costo."Que la Constituci贸n Nacional reconoce a todos los habitantes de la Naci贸n el derecho a transitar libremente en su territorio, sin distinci贸n alguna", afirm贸 la Corte."Como ya ha se帽alado esta Corte, a煤n cuando es cierto que no hay derechos absolutos, no menos cierto es que el poder del gobierno para recortarlos de acuerdo con sus necesidades, sean o no de emergencia, es mucho menos que absoluto. Los tribunales deben examinar con creciente rigor las intervenciones en los derechos individuales, a medida que estas se tornan m谩s intensas y prolongadas, para establecer no solo si est谩 justificada la validez en general de la medida, sino tambi茅n su alcance", subray贸 el fallo.Y agreg贸: "Que si bien esta Corte ha se帽alado que no pueden desconocerse las facultades con las que cuenta la Provincia de Formosa para establecer en su territorio las medidas de prevenci贸n que considere adecuadas en el contexto de la particular situaci贸n de emergencia sanitaria de efectos mundiales que est谩 transcurriendo, el Tribunal tambi茅n destac贸 que dichas potestades deben ejercerse de modo razonable y respetando siempre est谩ndares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".En tanto, la C谩mara Federal de Resistencia le orden贸 a Insfr谩n que en cinco d铆as adapte el protocolo de egresos e ingresos a la ciudad de Clorinda, "cumpliendo est谩ndares constitucionales y convencionales".Fue a ra铆z de una presentaci贸n hecha por el senador nacional de la UCR Luis Naidenoff, a favor de un grupo de personas que reclamaron el libre tr谩nsito, ya que se obliga a un aislamiento para todo el que salga de Clorinda, m谩s all谩 del PCR negativo.La C谩mara consider贸 que "la restricci贸n circulatoria en la ciudad de Clorinda tiene como fundamento el mayor n煤mero de casos respecto de otras localidades por lo que, saliendo de la misma con un PCR negativo hacia una ciudad que no representa el mismo riesgo de contagio, no se advierte como necesario ni razonable conminar a quien se ve obligado a viajar por razones de salud, laborales o de distinto tenor a la posibilidad de enfrentar un nuevo per铆odo de aislamiento obligatorio en un Centro p煤blico destinado a tal fin"."Y si bien en otro momento hist贸rico tal medida result贸 razonable a efectos de contener la propagaci贸n del virus, lo cierto es que la misma no puede extenderse sine die, viol谩ndose garant铆as constitucionales tales como la libre circulaci贸n, el derecho a la salud, la educaci贸n y otros tantos que a diario se ven conculcados ante la imposibilidad de egreso e ingreso de dicha ciudad", concluy贸 la C谩mara."Resulta necesario, a la luz de los antecedentes de la causa, instar al Gobierno de la Provincia de Formosa a desarrollar un protocolo flexible que permita compatibilizar los derechos de los habitantes de la ciudad de Clorinda, fundamentalmente el de libre tr谩nsito, que conlleva la vulneraci贸n de otras prerrogativas al encontrarse aislada la ciudad por un lapso que excede los l铆mites de lo razonable", determin贸 el tribunal chaque帽o.La Corte y la Justicia de Chaco se expresaron en planteos particulares, en momentos en que dirigentes de la oposici贸n y organizaciones de derechos humanos cuestionan que en Formosa no se puede circular libremente.Adem谩s, las cr铆ticas se concentran en la pol铆tica de Insfr谩n de no permitir que las personas que tienen COVID-19 de forma asintom谩tica o con sintomatolog铆a leve puedan pasar la enfermedad aislados en sus domicilios, algo que s铆 ocurre en el resto de los 23 distritos de la Argentina.

Fuente: NA

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