El Gobierno oficializ贸 el cobro de los $ 70000 para los jubilados en marzo
El Gobierno oficializ贸 este mi茅rcoles el otorgamiento de un nuevo bono de $70.000 en marzo, para jubilados que perciban el haber m铆nimo, mediante el Decreto 145/2025 publicado en el Bolet铆n Oficial.
El Gobierno oficializ贸 este mi茅rcoles el otorgamiento de un nuevo bono de $70.000 en marzo, para jubilados que perciban el haber m铆nimo, mediante el Decreto 145/2025 publicado en el Bolet铆n Oficial.
De esta manera, las jubilaciones m铆nimas durante este mes ser谩n de $349.121, ya que el haber inicial para el tercer mes del a帽o fue fijado en $279.121,71, a partir del aumento del 2,21%, determinado en l铆nea con la inflaci贸n de enero.
En tanto que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $279.121,71 pero queden por debajo de los $349.121, el monto m谩ximo del Bono Extraordinario Previsional ser谩 igual a la suma necesaria hasta alcanzar esa cifra.
De esta manera, en el caso de que por ejemplo, un jubilado perciba un haber de $300.000 s贸lo recibir谩 como bono $49.121. Con la ayuda previsional confirmada, las jubilaciones m谩s bajas pasar谩n de $343.086 a $349.121.
En los considerandos de la normativa, para justificar la medida, el Ejecutivo aludi贸 al 脥ndice de Movilidad Jubilatoria aplicado desde marzo de 2021, por la Ley N掳 27.609, exponiendo los efectos adversos de la inflaci贸n en los haberes jubilatorios abonados bajo la mencionada f贸rmula.
En este sentido, el texto oficial puntualiz贸 que "la f贸rmula all铆 establecida presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variaci贸n de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evoluci贸n de las variables econ贸micas y su traslado a los haberes, entre otras cuestiones".
Ante ese diagn贸stico, se fueron implementando distintas ayudas econ贸micas previsionales en los 煤ltimos meses. Desde que asumi贸 la presidencia Javier Milei, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses del 2024 y desde marzo del a帽o pasado en adelante se actualiz贸 a $70.000.
Al respecto, el Decreto se帽al贸 que "la Ley N掳 27.609 implic贸 efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, pero principalmente respecto de aquellos de menores ingresos, resultando necesario acudir a su sostenimiento mediante el otorgamiento de ayudas econ贸micas previsionales y/o bonos extraordinarios previsionales mensuales por diferentes montos, desde el mes de enero de 2024 y hasta febrero de 2025, inclusive".
Continuando esa l铆nea, expres贸 que "a modo de compensaci贸n por los efectos adversos ocasionados por la aplicaci贸n de la Ley N掳 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mensual de marzo 2025 se considera oportuno el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional".
El documento oficial, precis贸 que "para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidaci贸n" y especific贸 que el bono "tendr谩 car谩cter de no remunerativo y no ser谩 susceptible de descuento alguno ni computable para ning煤n otro concepto".
Asimismo, dispuso que "en el caso de beneficios de pensi贸n, cualquiera sea la cantidad de copart铆cipes, estos deber谩n ser considerados como un 煤nico titular a los fines del derecho a la percepci贸n del Bono Extraordinario Previsional que se otorga por el presente decreto".
A qui茅nes les corresponde el bono de $70.000 en marzo
El Decreto detall贸 que el bono previsional ser谩 otorgado a:
a. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N掳 24.241, sus modificatorias y complementarias, de reg铆menes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de reg铆menes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsi贸n cuyos reg铆menes fueron transferidos a la Naci贸n, cuya movilidad se rija por el art铆culo 32 de la Ley N掳 24.241 y de las prestaciones del r茅gimen establecido por el Decreto N潞 160/05;b. Las personas beneficiarias de la Pensi贸n Universal para el Adulto Mayor, instituida por el art铆culo 13 de la Ley N潞 27.260 y sus modificatorias;
c. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o m谩s y dem谩s pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
FUENTE, NA