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Empleadas domésticas: ¿Cuánto se paga por hora en septiembre 2025?

Los sueldos del personal de casas particulares volvieron a actualizarse. Se aplican aumentos en todas las categorías. También corresponde liquidar sumas fijas no remunerativas.

En septiembre 2025 rige una nueva escala salarial para las empleadas domésticas. La actualización fue definida por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y alcanza tanto al valor de la hora como a los sueldos mensuales de cada categoría.

El ajuste forma parte del esquema de aumentos progresivos que comenzó en agosto, cuando se otorgó un 5,58% acumulado. Con la aplicación de la suba de este mes, la variación ya se ubica en 6,63% respecto de enero. Además, se mantienen los montos adicionales no remunerativos, que se pagan según la carga horaria semanal.

Servicio doméstico: escala salarial de septiembre 2025

Los montos vigentes para el personal registrado son los siguientes:

Supervisores/as

Con retiro: $3.683,21 la hora / $459.471,73 al mes

Sin retiro: $4.034,05 la hora / $511.800,22 al mes

Tareas específicas (cocina u oficios calificados)

Con retiro: $3.487,00 la hora / $426.875,19 al mes

Sin retiro: $3.822,91 la hora / $475.184,56 al mes

Caseros/as

$3.293,99 la hora / $416.485,63 al mes

Cuidado de personas (niños, adultos mayores, enfermos)

Con retiro: $3.293,99 la hora / $416.485,63 al mes

Sin retiro: $3.683,21 la hora / $464.129,59 al mes

Tareas generales (limpieza, planchado, cocina básica, mantenimiento)

Con retiro: $3.052,99 la hora / $374.541,36 al mes

Sin retiro: $3.293,99 la hora / $416.485,63 al mes

Bonos adicionales no remunerativos

Durante septiembre se deben abonar sumas fijas extra, que no forman parte del básico ni generan aportes previsionales, pero sí deben figurar en el recibo de sueldo:

Hasta 12 horas semanales: $4.000

Entre 12 y 16 horas semanales: $6.000

Más de 16 horas semanales: $9.500

Otros plus obligatorios

Además de la escala y las sumas fijas, las trabajadoras tienen derecho a:

Antigüedad: 1% del sueldo por cada año trabajado.

Zona desfavorable: 30% adicional en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Patagones (Buenos Aires).

Múltiples tareas: si la empleada realiza actividades de más de una categoría, se paga la de mayor jerarquía.

En todos los casos, el empleador debe registrar la relación laboral en ARCA (ex AFIP), cumplir con los aportes correspondientes y respetar la Ley 26.844 que regula el trabajo en casas particulares.

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