CONFLICTO

El reclamo de dos partidos libertarios de La Rioja Y Buenos Aires , fue rechazado por la Corte

La Corte Suprema desestim贸 dos planteos vinculados a partidos de orientaci贸n libertaria: uno en La Rioja, "Proyecto Joven" que buscaba cambiar su nombre a "Partido Libertario", y otro del "Partido Libertario" bonaerense que pretend铆a oficializar su lista de candidatos a diputados nacionales

La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n desestim贸 dos planteos vinculados a partidos de orientaci贸n libertaria: uno en La Rioja, impulsado por la agrupaci贸n "Proyecto Joven" que buscaba cambiar su nombre a "Partido Libertario", y otro del "Partido Libertario" bonaerense que pretend铆a oficializar su lista de candidatos a diputados nacionales.

En el primer caso, el tribunal dej贸 firme la resoluci贸n de la C谩mara Nacional Electoral, que hab铆a revocado la autorizaci贸n otorgada en primera instancia al entender que el nuevo nombre pod铆a inducir a confusi贸n con el partido "La Libertad Avanza", liderado por el presidente Javier Milei.

Seg煤n la C谩mara, el uso de la denominaci贸n "Libertario" podr铆a hacer creer al elector riojano que vota a una fuerza vinculada al espacio pol铆tico nacional encabezado por Milei. Adem谩s, el tribunal sostuvo que la agrupaci贸n no logr贸 acreditar buena fe en la elecci贸n del nombre y que la normativa busca evitar que una fuerza "usufruct煤e el eventual 茅xito pol铆tico de otra que la precede en el tiempo".

Por su parte, el m谩ximo tribunal -con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- rechaz贸 el recurso extraordinario presentado por "Proyecto Joven" por incumplimiento de los requisitos formales establecidos en la acordada que regula ese tipo de presentaciones.

Desestiman la queja del Partido Libertario bonaerense

En el otro expediente, la Corte tambi茅n rechaz贸 la queja del Partido Libertario del distrito bonaerense, encabezado por Juan Carlos Blumberg, que hab铆a sido desestimada en instancias anteriores debido a que la lista fue presentada por un 贸rgano partidario sin facultades para hacerlo. La Corte cerr贸 el caso aplicando el art铆culo 280 del C贸digo Procesal Civil y Comercial de la Naci贸n, que permite al tribunal desestimar recursos sin expresar fundamentos.

FUENTE , NA

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