Enargas impulsa una nueva reglamentaci贸n para expandir la distribuci贸n de gas
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso el llamado a consulta p煤blica de un proyecto de reglamentaci贸n que clasifica las obras de expansi贸n del sistema de distribuci贸n de gas y establece la metodolog铆a para determinar aportes y contraprestaciones econ贸micas
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dispuso el llamado a consulta p煤blica de un proyecto de reglamentaci贸n que clasifica las obras de expansi贸n del sistema de distribuci贸n de gas y establece la metodolog铆a para determinar aportes y contraprestaciones econ贸micas.
La Resoluci贸n 778/2025 publicada hoy en Bolet铆n Oficial pone en consulta el marco normativo que busca reemplazar 铆ntegramente a la Resoluci贸n ENARGAS N掳 I-910/2009.
El objetivo de este proceso es revisar los lineamientos existentes para las autorizaciones de obras de expansi贸n del Sistema de Distribuci贸n de Gas, asegurando que reflejen la realidad econ贸mica actual de la prestaci贸n del servicio.
Los interesados tienen 15 d铆as h谩biles administrativos a partir de la publicaci贸n para presentar comentarios.
La nueva normativa determina dos categor铆as principales de obras: "Obra de Magnitud" y "Obra de No Magnitud".
Las Obras de Magnitud son aquellas que requieren autorizaci贸n previa del ENARGAS para su inicio.
Se definen como tal los proyectos de redes con una longitud total de ca帽er铆a igual o superior a 21.000 metros, o los conductos de alimentaci贸n de alta presi贸n que igualen o superen los 5.000 metros de longitud.
Tambi茅n requieren autorizaci贸n previa otras obras, independientemente de la longitud, cuando:
1. Se vinculen a gasoductos de exportaci贸n, importaci贸n o de productores que hayan obtenido una concesi贸n de transporte.
2. La traza atraviese m谩s de una subzona tarifaria, provincia o 谩reas de distintas Distribuidoras.
3. Permitan abastecer localidades sin servicio de gas por redes.
4. Un Tercero Interesado pretenda constituirse en Subdistribuidora en una localidad que ya tenga una operadora.
Las Obras de No Magnitud son aquellas que, por sus caracter铆sticas, no requieren autorizaci贸n previa expresa del ENARGAS para comenzar, siempre que se cumplan los requisitos legales, econ贸micos, ambientales, t茅cnicos y de seguridad.
Para estas obras se requiere la carga de una Declaraci贸n Jurada (Subanexo III) en la aplicaci贸n web del Organismo y la notificaci贸n de la carga al ENARGAS.
Se establece que los proyectos de expansi贸n incluidos en planes de inversiones obligatorias o planteados como Factor de Inversi贸n K, en el marco de revisiones tarifarias, no necesitan tramitarse bajo esta nueva reglamentaci贸n.
FUENTE , NA