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Salario Mínimo: El Gobierno fija aumentos escalonados hasta agosto de 2026

La medida se dispuso tras el fracaso de las negociaciones entre los representantes sindicales y empleadores en la sesión plenaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, realizada el 26 de noviembre. El Ejecutivo resolvió la actualización al "no lograrse alcanzar un acuerdo".

El Gobierno Nacional estableció de manera unilateral un nuevo esquema de aumentos escalonados para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y la prestación por desempleo, mediante la Resolución 9/2025 publicada en el Boletín Oficial.

La medida se dispuso tras el fracaso de las negociaciones entre los representantes sindicales y empleadores en la sesión plenaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, realizada el 26 de noviembre. El Ejecutivo resolvió la actualización al "no lograrse alcanzar un acuerdo".


Detalles del Aumento y Pérdida de Poder Adquisitivo

El esquema de aumentos se extenderá por diez meses, pero el salario mínimo sigue en retroceso frente al costo de vida.

  • Aumento Total: El SMVM pasará de los $322.200 (valor hasta octubre) a $376.600 en agosto de 2026, lo que representa una suba total de $54.400 (un 16,8%) en ese período.

  • Pérdida vs. Inflación: Según cálculos del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), el salario mínimo ha perdido un 35% de su poder adquisitivo real desde noviembre de 2023 hasta octubre pasado.

Cronograma de Aumentos del Salario Mínimo

MesMonto Mensual (SMVM)Monto por Hora
Noviembre 2025$328.400$1.642
Diciembre 2025$334.800$1.674
Enero 2026$341.000$1.705
Febrero 2026$346.800$1.734
Marzo 2026$352.400$1.762
Abril 2026$357.800$1.789
Mayo 2026$363.000$1.815
Junio 2026$367.800$1.839
Julio 2026$372.400$1.862
Agosto 2026$376.600$1.883

Nuevas Reglas para la Prestación por Desempleo

La normativa también actualizó los montos y límites de la prestación por desempleo:

  • Cálculo Base: Será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato.

  • Límites: La prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente, ni superior al 100% del SMVM vigente.

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