SEGURIDAD SOCIAL

La AFIP estableci贸 un nuevo r茅gimen para pagar las deudas impositvas

El organismo dispuso las formalidades, los plazos, requisitos y dem谩s condiciones que deber谩n observar los contribuyentes y responsables para solicitar la adhesi贸n.

La AFIP estableci贸 un nuevo r茅gimen de facilidades de pago de car谩cter permanente destinado a la regularizaci贸n de deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social, que estar谩 operativo desde el 1 de febrero.

Con ese fin, el organismo dispuso las formalidades, los plazos, requisitos y dem谩s condiciones que deber谩n observar los contribuyentes y responsables para solicitar la adhesi贸n.

La decisi贸n se formaliz贸 a trav茅s de la Resoluci贸n General 5321/2023, publicada este martes en el Bolet铆n Oficial, para "mejorar las condiciones para la adhesi贸n a los planes de pago de aquellos sujetos que desarrollen actividades afectadas por determinadas circunstancias o bien que se encuentren alcanzados por la declaraci贸n de emergencias y/o zonas de desastre".

La AFIP puntualiz贸 que el r茅gimen alcanza a:

-- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentaci贸n del plan de facilidades de pago.

-- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importaci贸n o exportaci贸n y liquidaciones de esos tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, as铆 como sus intereses.

El ente recaudador aclar贸 que la regularizaci贸n no implica reducci贸n de intereses, as铆 como tampoco la liberaci贸n de las pertinentes sanciones.

En tanto, quedan excluidas del r茅gimen las siguientes obligaciones, entre otras:

-- Las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales- por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relaci贸n de dependencia.

-- Los anticipos y/o pagos a cuenta.

-- El impuesto al valor agregado que se debe ingresar por prestaciones de servicios realizadas en el exterior, cuya utilizaci贸n o explotaci贸n efectiva se lleva a cabo en el pa铆s,entre otras.

-- Los aportes y las contribuciones con destino al R茅gimen Nacional de Obras Sociales, excepto los correspondientes a los contribuyentes adheridos al R茅gimen Simplificado para Peque帽os Contribuyentes.

-- Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

-- Los aportes y contribuciones con destino al r茅gimen especial de seguridad social para empleados del servicio dom茅stico y trabajadores de casas particulares.

-- Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relaci贸n de dependencia de sujetos adheridos al R茅gimen Simplificado para Peque帽os Contribuyentes, devengadas hastajunio de 2004.

-- Los aportes y contribuciones con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).

-- El impuesto interno a los cigarrillos y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de ese producto.

-- Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.

Seg煤n la AFIP, el porcentaje del pago a cuenta y la cantidad m谩xima de cuotas se determinar谩n seg煤n el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento de sus obligaciones fiscales -ambas variables consideradas al momento de la consolidaci贸n del plan- as铆 como del tipo de plan.

Adem谩s, en los planes de facilidades de pago las cuotas ser谩n mensuales, iguales y consecutivas y su monto se calcular谩 aplicando la f贸rmula que se consigna en el micrositio"Mis Facilidades" (https://www.afip.gob.ar/misfacilidades); el monto m铆nimo de cada cuota ser谩 de $ 2.000.

Fuente, NA

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