POLITICA

Prepagas deber谩n informar al Gobierno antes de aumentar cuotas

El Gobierno, a trav茅s de la Superintendencia de Servicios de Salud, establece un nuevo mecanismo de control sobre los aumentos de las cuotas de las prepagas, exigiendo la presentaci贸n previa de informaci贸n detallada.

En un giro que marca un mayor control estatal tras la desregulaci贸n inicial del sector, el Gobierno ha dispuesto que las empresas de medicina privada deber谩n informar a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) antes de aplicar cualquier aumento en sus cuotas. Esta medida, oficializada mediante la Resoluci贸n 645/2025 publicada en el Bolet铆n Oficial, busca ordenar y transparentar el proceso de actualizaci贸n de precios, que en 2024 super贸 el nivel general de inflaci贸n.

Refuerzo de la fiscalizaci贸n

La nueva normativa impone a las prepagas la obligaci贸n de comunicar a la SSS, con car谩cter previo a la notificaci贸n a los afiliados, todos los detalles relacionados con los incrementos en las cuotas de los planes de cobertura m茅dico asistencial. Este procedimiento estandarizado y de cumplimiento obligatorio para todas las compa帽铆as, complementa los lineamientos generales establecidos en la Resoluci贸n 2155/2024 de septiembre pasado.

Requisitos del nuevo procedimiento

Las empresas de medicina prepaga deber谩n presentar a la Superintendencia de Servicios de Salud la siguiente informaci贸n:

Texto completo de la comunicaci贸n dirigida a los usuarios sobre el aumento de la cuota.

Porcentaje de variaci贸n a aplicar y nuevo valor de la cuota mensual, discriminado por plan, franja etaria y, si corresponde, por regi贸n o zona geogr谩fica.

Cuadro tarifario vigente aplicable.

Detalle de los valores de copago por prestaci贸n.

La presentaci贸n se realizar谩 a trav茅s del sitio web de la SSS, dentro de los cinco d铆as posteriores a la publicaci贸n del 煤ltimo 脥ndice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, y respetando una antelaci贸n no inferior a 30 d铆as corridos previos al vencimiento de la cuota en cuesti贸n. El cumplimiento de este procedimiento ser谩 un requisito indispensable para la validez de la comunicaci贸n a los afiliados.

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