BENEFICIOS SOCIALES

Repro II: requisitos para el pago de salarios de julio

La cartera laboral adoptó las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo para que las empresas puedan acceder al beneficio.

El Ministerio de Trabajo oficializó los requisitos que deberán cumplir las empresas que busquen acceder al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para los salarios devengados de julio. A través de la Resolución 462/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, la cartera laboral adoptó las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Repro II.

En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en junio de 2019 y junio de este año: la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20% en términos reales y un aumento máximo del 72% en términos nominales.

El mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales y como máximo un incremento de 114% en términos nominales.

En cuanto al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, se estableció que se tomarán los mismos valores que los sectores críticos y no críticos en cuanto a la variación de la facturación. Además, el Comité dispuso no modificar los parámetros de la fase de selección definidos para junio, con la excepción de la variación porcentual de la facturación y del IVA compras, que deberían cambiar.

De este modo, la variación de la facturación por compras deberá ser menor a 72% para los sectores afectados críticos y no críticos (fue del 71% en junio) y a 114% para los efectores de salud (antes, 113%). En el caso del IVA, la variación deberá ser menor a 114% para todos los sectores.

El Poder Ejecutivo mantuvo en $22.000 la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos. Para los sectores no críticos afectados, se mantendrá en $9.000.


Fuente, NA

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