RECLAMOS

Revés judicial para el Gobierno: La Justicia suspende el DNU de Milei que limitaba el derecho a huelga

Un fallo de la Justicia laboral suspendió este lunes los artículos centrales del DNU 340/2025 del gobierno de Javier Milei que buscaba limitar el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana hizo lugar a un amparo presentado por la CGT, al considerar que la reforma del régimen de huelgas debe realizarse mediante una ley del Congreso y no por decreto.

En un fallo con fuerte impacto político y sindical, la Justicia laboral asestó un golpe al gobierno de Javier Milei al suspender los artículos clave del DNU 340/2025 que endurecía las condiciones para el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, al considerar que una reforma de tal magnitud debe ser tratada y sancionada por el Congreso, y no por un Decreto de Necesidad y Urgencia.

La decisión representa un claro revés para el Gobierno, que había planteado una reforma profunda en el derecho a huelga, ampliando las actividades definidas como esenciales y restringiendo el alcance de las medidas de fuerza. Para la CGT, el DNU de Milei cercena derechos constitucionales y viola tratados internacionales suscriptos por Argentina que tienen rango constitucional. El escrito de la central obrera sostiene que "la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario", y advierte que el DNU avanza sobre competencias exclusivas del Poder Legislativo. Además, la CGT alertó sobre el impacto negativo que la normativa podría tener sobre la libertad sindical y la negociación colectiva en el país.


Fallo provisorio y la respuesta del Gobierno

La resolución de la jueza Fullana establece que el freno a los artículos 2 y 3 del DNU será provisorio, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo. Esta medida implica que, por ahora, seguirá vigente la legislación actual sobre el derecho a huelga en Argentina.

Desde el Gobierno, no se emitieron comentarios oficiales inmediatamente después de conocerse el fallo judicial. Sin embargo, en Casa Rosada no descartan apelar la decisión y llevar la discusión a instancias superiores, anticipando una batalla legal prolongada en torno a este punto crucial de su plan de desregulación.

El fallo judicial ocurre en un contexto de alta conflictividad laboral. Las centrales obreras han convocado paros y movilizaciones en rechazo al ajuste fiscal y las políticas de desregulación impulsadas por el Ejecutivo. La CGT celebró la decisión judicial como "un triunfo de la democracia" y advirtió que continuará "en la calle y en la Justicia" para defender los derechos laborales.


¿Qué establecía el DNU 340/2025?

El decreto suspendido buscaba limitar el derecho a huelga al establecer condiciones más estrictas para convocar medidas de fuerza en sectores considerados "esenciales" o de "interés estratégico". Sus puntos clave incluían:

  • Redefinición de servicios esenciales: El DNU ampliaba el listado de actividades consideradas esenciales, incorporando áreas como el transporte y la educación, lo que implicaba mayores restricciones para la realización de paros en estos sectores.
  • Servicios mínimos obligatorios: Establecía porcentajes más elevados de servicios mínimos que debían garantizarse durante una medida de fuerza, buscando reducir el impacto de las huelgas.

La CGT y diversas organizaciones de derechos humanos habían denunciado la inconstitucionalidad del decreto, argumentando que afectaba derechos fundamentales garantizados por la Constitución Nacional y tratados internacionales. Este fallo laboral representa la primera victoria de la oposición en este frente legal y refuerza el debate sobre los límites de los DNU en Argentina.

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