El Gobierno habilita la compra de fusiles semiautomáticos a civiles bajo estrictos requisitos del RENAR
La reforma permite a los legítimos usuarios y entidades de tiro adquirir y poseer armas semiautomáticas (como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares y de calibre superior al .22 LR), siempre que cumplan con una serie de condiciones rigurosas enfocadas en la justificación deportiva y la trazabilidad.
El gobierno de Javier Milei habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, mediante una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial. La medida reemplaza la antigua prohibición sobre este tipo de armamento por un nuevo sistema de autorización y control centralizado en el Registro Nacional de Armas (RENAR), ahora bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
La reforma permite a los legítimos usuarios y entidades de tiro adquirir y poseer armas semiautomáticas (como fusiles o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares y de calibre superior al .22 LR), siempre que cumplan con una serie de condiciones rigurosas enfocadas en la justificación deportiva y la trazabilidad.
Puntos Clave de la Reforma y Requisitos para el Permiso
Esta disposición es la finalización de un proceso iniciado en junio, cuando se derogó el decreto de la época de Menem que prohibía a los usuarios civiles adquirir estos fusiles. Ahora se establece el mecanismo por el cual se podrán obtener.
Requisitos para Adquirir Fusiles Semiautomáticos:
Para acceder a la autorización especial de tenencia, los usuarios deben cumplir con las siguientes condiciones, entre otras:
Identificación Detallada: Acreditar la identificación precisa del arma (tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie).
Sector de Guarda Aprobado: Contar con un Sector de Guarda registrado tipo G2 como sistema de almacenamiento seguro.
Declaración Jurada: Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, con documentación probatoria y fotografías del arma.
Antigüedad Mínima: Contar con una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
Justificación Deportiva Probada: Demostrar usos deportivos, mediante:
Certificación de entidad de tiro que avale la condición de tirador asiduo.
Representación en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo.
Nueva Estructura de Control:
La resolución establece una transformación administrativa:
Nuevo Nombre y Órbita: La antigua Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse Registro Nacional de Armas (RENAR) y queda bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
Plena Responsabilidad: El RENAR asume la plena responsabilidad de la aplicación, el control y la fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429.






